Desde hoy 15 de octubre, la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía ha abierto un período voluntario de seis meses para la exigencia obligatoria del Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT) de productos agrarios y forestales en Andalucía. De esta forma, los andaluces dispondrán de un plazo mayor para adaptarse a un sistema de operación diferente al establecido hasta ahora y que contará con nuevas aplicaciones informáticas. La norma será obligatoria el 15 de abril de 2020 (Decreto 190/2018, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (Reafa) y el Documento de Acompañamiento al Transporte).

La Consejería ha realizado acciones formativas desde mayo para informar a los productores andaluces sobre esta medida. Hasta la fecha se han desarrollado un centenar de cursos en los que han participado más de 7.000 agricultores.
Finalidad e información del DAT
A partir del 15 de abril de 2020, este documento deberá acompañar a los productos sin transformar obtenidos de las explotaciones agrarias, forestales y agroforestales en su traslado desde el origen hasta el lugar de almacenamiento o primer destino de comercialización. Entre la información que incluirá, se encuentra la identificación del suministrador y las principales características del producto. En concreto, ofrecerá datos sobre la calidad, la naturaleza, el origen, la composición, la finalidad, la denominación, la fecha de producción o caducidad e información del fabricante.
Este sistema mejorará la trazabilidad y los controles para garantizar la seguridad de los productos agroalimentos y luchará contra los robos en el campo y la posterior venta ilegal de los productos.
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