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Publicada la reducción de algunos módulos de IRPF por

06/05/2019

El Boletín Oficial del Estado publicó la semana pasada una Orden del Ministerio de Hacienda (Orden HAC/485/2019), por la que se reducen para el periodo impositivo 2018, los módulos agrarios para los agricultores y ganaderos que hayan sufrido en dicho ejercicio circunstancias excepcionalmente desfavorables en sus explotaciones.

El régimen de estimación objetiva agraria (o de módulos) del IRPF es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país, siendo el elegido por en torno a un millón de declarantes.

Las reducciones de módulos aprobadas en la Orden  publicada, se traducen en una disminución de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF.

Las reducciones establecidas con carácter nacional para la declaración de la renta 2018 de los agricultores y ganaderos, son las siguientes:

Sectores agrícolas:

 – Cítricos de 0,26 a 0,18

  Sectores ganaderos:

– Bovino de leche de 0,20 a 0,18

 – Apicultura de 0,26 a 0,18

La minoración del módulo de los cítricos tiene por objeto paliar la difícil coyuntura de por la que atraviesa dicho sector. Las reducciones del módulo de bovino de leche se realizan también para tener en cuenta su particular situación de mercado.

Igualmente tienen reducciones importantes la aceituna de mesa en sus principales zonas productoras, así como las hortícolas y los frutales en amplias zonas.

Los efectos de otras adversidades climáticas sobre los cultivos en 2018, como el exceso de humedad en determinadas épocas del año o los episodios de frío que tuvieron lugar en los primeros meses del mismo, también se ven reflejados en la propuesta de reducción de módulos para aquellos municipios en que esa adversidad tuvo incidencia.

Según cálculos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se estima que el conjunto de todas estas reducciones de módulos, reflejadas en la orden, puede implicar una rebaja de la base imponible aproximada de 204 millones de euros.

La Junta de Andalucía denuncia que como consecuencia de los criterios marcados por el Ministerio, sectores como el olivar y frutas y hortalizas han resultado especialmente penalizados, pues no se ha tenido en cuenta la crisis de precios que sufren.

UPA Andalucía denuncia que el Mapa se ha olvidado incomprensiblemente de importantes sectores para los que la organización había solicitado reducción de módulos como el aceite de oliva y los productos hortícolas.

ASAJA Córdoba lamenta que no se haya aplicado ninguna rebaja a los cereales, leguminosas, girasol, bovino de carne y ovino-caprino de carne y leche. Además, considera que las reducciones aplicadas al bovino de leche y los cítricos son muy bajas.

ASAA Almería señala que Hacienda ha dejado de lado al sector hortícola  del que sólo el calabacín se ha visto incluido en esta Orden con una rebaja al 0.20 y que ha olvidado al Poniente almeriense y a la Vega de Almería y el Campo de Níjar.

Cooperativas de Extremadura lamenta que la reducción de fiscalidad para el cultivo de cereza sea sólo para diversas localidades de la provincia de Badajoz, además de Madrigalejo y Miajadas, y no se incluyan las zonas productoras de cereza por excelencia como Valle Jerte, La Vera y Las Hurdes.

REDUCCIONES ELECTRICIDAD PARA EL RIEGO

Junto a las reducciones para los sectores agrícola y ganadero, recogidas en el BOE, la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, introdujo con carácter permanente un coeficiente corrector que pueden seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supone una reducción de un 20% del mismo.

Hay que destacar también la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla para el año 2018 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, establece en su Disposición adicional primera una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2018. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva.

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