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Acuerdo en el PE sobre calidad dual

26/03/2019

El Parlamento Europeo acordó provisionalmente las actualizaciones de las normas de protección al consumidor de la UE para abordar, entre otras cuestiones, la doble calidad de los productos o «calidad dual de los productos», es decir, cuando los productos que se comercializan bajo la misma marca difieren en composición o características.

Cualquier diferencia significativa deberá hacerse clara y visible para el consumidor en el momento de la compra.

El texto incluye una cláusula de revisión que requiere que la Comisión evalúe la situación dos años después de la fecha de entrada en vigencia de la directiva para ver si es necesario agregar la calidad dual de los productos a la lista negra de prácticas comerciales desleales. Un régimen reforzado de sanciones también ayudará a disuadir a las empresas de dañar los intereses de los consumidores según Daniel Dalton (ECR, Reino Unido) , quien dirigió esta legislación en el Parlamento.

El acuerdo provisional aún debe ser confirmado por los embajadores de los Estados miembros (Coreper) y el Comité de Mercado Interior y Protección del Consumidor. A continuación, será sometido a votación por toda la Cámara y se someterá a la aprobación del Consejo de Ministros de la UE.

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