La Conselleria de Agricultura de la Comunidad Valenciana ha sometido a exposición pública las indemnizaciones a los agricultores con cultivos afectados por la Xylella.
En un borrador de orden que aprobará las bases reguladoras de las ayudas indemnizatorias para la erradicación y el control de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa, a disposición pública en la web institucional, la conselleria establece el objeto de la ayuda, los beneficiarios, los requisitos y la cuantía de las ayudas indemnizatorias, así como otra información administrativa de utilidad para presentar las solicitudes.
La indemnización cubrirá la totalidad de los gastos de arranque y destrucción del material vegetal de plantaciones hasta un importe máximo de 2.500 euros por hectárea, siempre y cuando haya sido llevada a cabo por el propio agricultor o a su costa.
De manera pormenorizada, las indemnizaciones oscilarán según los cultivos y la edad del árbol, siendo en cítricos entre 4.735 euros y 19.447 euros por hectárea y 13 euros y 54 euros por árbol; en frutales entre 5.511 euros y 12.509 euros por hectárea y 14 euros y 32 euros por árbol; en fruto seco entre 2.843 euros y 15.606 euros por hectárea según sea de secano o de regadío y 13 y 28 euros por árbol con el mismo criterio; en viñedo entre un mínimo de 2.240 euros en secano y un máximo de 17.421 euros por hectárea en regadío y entre un euro y seis euros por viña; y en olivo entre un mínimo de 3.420 euros por hectárea y un máximo de 15.498 euros por hectárea en regadío y entre 18 euros y 62 euros por árbol también en función de si es en una u otra modalidad.
A productores y comercializadores de plantas de viveros se indemnizarán los gastos de arranque y destrucción del material vegetal hasta un importe máximo de 2.500 euros por hectárea, siempre y cuando los haya llevado a cabo con recursos propios.
De igual modo, se han establecido unos valores de indemnización por tipo de plantas y formatos, por plantas madre de material de bases de vid, por plantas madre de material certificado de vid y por plantas madre de frutales y cítricos.
Los beneficiarios de las indemnizaciones podrán ser los propietarios de parcelas con cultivos incluidos en la lista de vegetales huéspedes susceptibles a la bacteria Xylella fastidiosa, que hayan sido declarados contaminados «y/o inmovilizados» por resolución del director general y los titulares inscritos en el Registro de Proveedores de Semillas y Plantas de Vivero o en el Registro de Productores, Comerciantes e Importadores de vegetales, con plantas en idéntica circunstancias.
Los positivos detectados por Xylella en la Comunitat Valenciana se corresponden únicamente con almendro, y se ubican en 86 parcelas de 18 municipios de la Marina y el Comtat.
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