Estos cambios se fundamentan en la experiencia adquirida tras la puesta en marcha de los decretos que ahora se modifican (69/2016 y 94/2015) y detectar que algunas agrupaciones que necesitan disponer de varios técnicos asesores en sanidad vegetal para un mismo cultivo no pueden incorporar los mismos a la ATESVE ni acceder a las ayudas disponibles para el asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales.
Con la nueva regulación que se aprueba, además de subsanar dicha deficiencia, se modifica también la ayuda mínima susceptible de percepción por la contratación de técnicos asesores y se establecen peculiaridades normativas respecto a las agrupaciones que desarrollan actividades complementarias, como realización de ensayos o estudios para la incorporación de nuevas técnicas de gestión integrada de plagas, distinguiéndolas así de las que no desarrollan estas actividades.
Por otro lado, con esta modificación se simplifican trámites administrativos en ambas normas reglamentarias y se adaptan a la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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