Hacienda responde favorablemente a la consulta vinculante que UPA planteó contra la reclamación del IVA por la cesión de derechos de Pago Único en compra-ventas y arrendamientos de tierras. La contestación formal de la Dirección General de Tributos a su solicitud da seguridad jurídica al 100% a aquellos agricultores y ganaderos andaluces que hayan vendido o arrendado sus derechos de la PAC y que no tendrán que tributar por el IVA.
UPA-Andalucía estimaba que la Agencia Tributaria había abierto hasta 40.000 expedientes a agricultores y ganaderos andaluces que realizaron compra-ventas y arrendamientos con derechos de Pago Único desde 2011. Hablamos de un número muy importante de afectados y de una recaudación que calculábamos, en esta primera fase del procedimiento, de unos 100 millones de euros a nivel nacional. La contestación a la consulta vinculante que presentamos supone un respaldo muy importante a nuestro trabajo, porque desde UPA-Andalucía entendíamos que la reclamación no estaba justificada al estar liquidado el impuesto con la venta o el arrendamiento de la finca, por lo que los derechos de Pago Único ya habían tributado por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que grava la prestación principal, tal y como establece la Ley del IVA. Algo que se ha venido haciendo así desde 2006, cuando entraron en vigor las ayudas de Pago Único.
UPA-Andalucía entiende que los derechos de Pago Único constituyen una prestación accesoria respecto de la prestación principal en que consiste la compra-venta o arrendamiento de tierras, tal y como recoge la Ley de Arrendamientos Rústicos, que fue reformada en 2005 a tal efecto. De ahí que UPA-Andalucía presentara la consulta vinculante, como habíamos hecho en otras ocasiones, y que esta haya sido atendida por el Ministerio de Hacienda, dándonos la razón.
A partir de ahora, el Gabinete Jurídico de UPA-Andalucía se va a centrar en resolver aquellos expedientes en marcha y en reclamar, en tiempo y forma, los que tengan resolución firme ante las instancias que correspondan. Los afectados tienen que saber que, con esta respuesta formal, no se abrirán nuevos procedimientos, pero que la Agencia Tributaria no actuará de oficio, sino que tendrán que recurrir las reclamaciones abiertas, a través de UPA, que deben seguir su procedimiento. Fuente: UPA Andaucía





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