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Publicadas las normas del pago aplazado de la supertasa

30/03/2015

Se ha publicado el reglamento que permite el pago aplazado de la tasa láctea en la campaña 2014/15, última campaña de cuotas lácteas. Este pago aplazado consiste en que los ganaderos que adeuden supertasa podrán pagarla a lo largo de 3 años sin intereses (Reglamento nº 2015/517). Los estados miembros podrán decidir si se acogen o no este sistema aplazado, pero es muy probable que todos los países con multa se acojan a él.

En el caso de incurrir en supertasa, el primer pago anual, que representará como mínimo una tercera parte del importe total adeudado, deberá realizarse a más tardar el 30 de septiembre de 2015. A más tardar el 30 de septiembre de 2016, deberán abonarse al menos dos terceras partes del importe total adeudado. El importe total se liquidará a más tardar el 30 de septiembre de 2017.

Los beneficiarios del régimen de pago escalonado son los ganaderos y los Estados miembros son los responsables de velar porque sea así. Los países que apliquen este régimen, finalizarán el informe de inspección a más tardar el 30 de septiembre de 2018.

Se prevé que en torno a 13 países (uno de ellos es probable que sea España) tendrán que afrontar el pago de la supertasa.

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