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Nuevo etiquetado de alimentos: “Más información, mejor decisión de compra”

10/12/2014

– El próximo 13 de Diciembre de 2014, entra en aplicación el nuevo reglamento europeo sobre información alimentaria al consumidor . Ese mismo día entra en vigor también la nueva regulación comunitaria sobre pesca y etiquetado de productos pesqueros .

– Estas dos normas introducen cambios importantes en información para el consumidor, todo con el objeto de mejorar el conocimiento de los alimentos.

Principales novedades para los productos envasados:

– Se establece una información nutricional obligatoria , aplicable a prácticamente todos los alimentos envasados, que debe figurar en el etiquetado, tanto en lo que se refiere a composición de grupos de nutrientes (grasas totales y saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal) como también del valor energético por 100 g. o por 100 ml.

– Se introducen unas reglas muy detalladas sobre claridad y legibilidad del etiquetado, que incluyen requisitos de tamaño de letra y lugar de ubicación de la información.

– Se obliga a informar sobre el país de origen del producto cuando su omisión puede inducir a error al consumidor y se establecen las reglas para hacer efectiva esta obligación.

– Se regula como obligatoria la información sobre los alérgenos, que deberá aparecer en la lista de ingredientes.

– En cuanto a algún tipo de ingredientes, como los aceites o grasas de origen vegetal se regula el cómo pueden aparecer en el etiquetado.

Principales novedades para los productos frescos y a granel:

– La nueva normativa no introduce cambios para frutas y verduras frescas no envasadas.

– Para carnes la información obligatoria difiere según los tipos de carnes.

– Para los productos de la pesca, será necesario indicar además la zona y el arte de captura utilizado y la zona de cría en caso de acuicultura. En las zonas “Nordeste Atlántico” y “Mediterráneo y Mar Negro” tendrá que indicarse la subzona.

– La información obligatoria sobre alérgenos e ingredientes podrá solicitarla el consumidor también para los productos vendidos a granel.

Atención:

– La nueva normativa se aplica a los productos puestos en el mercado a partir del 13 de diciembre, por lo que podrán convivir durante un cierto tiempo en los lineales con los productos actuales.

– En los productos podrán aparecer además otras informaciones voluntarias, sellos de calidad, recomendaciones de información nutricional, recomendaciones, etc….

– En cualquier caso la información voluntaria tiene que ir dirigida a mejorar la información al consumidor, siempre que no se le induzca a error .

– En la venta a distancia deberá estar disponible para el consumidor la información obligatoria.

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