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La Comisión aumenta a 500 millones de euros los fondos destinados a las personas más necesitadas en 2012

01/03/2012

La distribución final de los fondos del plan de ayuda a las personas más necesitadas de 2012 se aprobó el martes por el comité de gestión y se publicará próximamente en el Diario Oficial. Se confirma que este año el plan contará con un total de 500 millones de euros, esperándose que beneficie a unos 18-19 millones de personas de 20 Estados miembros. De esta cantidad, a España le corresponde 80,4 millones de euros, de los que 18,1 millones era el importe inicialmente concedido en junio de 2011 y 62,3 millones de euros el importe complemetario que se ha acordado esta semana.

El pasado año, a raíz de una sentencia del Tribunal de 13 de abril de 2011 que disponía que los alimentos objeto del programa solo podrían proceder de existencias públicas de intervención (y no del mercado libre), los compromisos para 2012 se limitaron a exactamente 113 millones de euros, importe correspondiente al volumen restante de existencias públicas. Consciente del problema que el reglamento existente podría causar en caso de agotamiento de las existencias públicas, la Comisión ya había presentado en 2008 propuestas para evitar problemas de abastecimiento de productos alimenticios. Al haber sido bloqueadas las propuestas por el Consejo (a pesar del apoyo del Parlamento Europeo), la Comisión las modificó en septiembre de 2010 y de nuevo en octubre de 2011 con objeto de facilitar un acuerdo. En diciembre de 2011, los ministros de Agricultura de la UE llegaron a un acuerdo sobre estas nuevas normas, que permitirá dotaciones financieras para la adquisición de productos alimenticios en el mercado en ausencia de existencias de intervención. El acuerdo fue apoyado por el Parlamento Europeo y el Consejo, en segunda lectura, siendo publicado en el Diario Oficial la semana pasada. En las últimas semanas, la Comisión ha colaborado con los Estados miembros (y con organizaciones benéficas) a fin de garantizar que los volúmenes finales disponibles puedan determinarse lo antes posible tras la adopción del nuevo reglamento.

El Programa de la UE de distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Comunidad se creó en diciembre de 1987, cuando el Consejo adoptó las normas para la liberación de las existencias públicas de intervención de productos agrícolas transfiriéndolas a los Estados miembros que deseasen utilizarlas como ayuda alimentaria para las personas más necesitadas de la Comunidad.

Tras intensas negociaciones, el Consejo alcanzó un acuerdo político el 15 de diciembre de 2011 sobre la continuación del régimen actual hasta 2013. En su sesión plenaria de febrero, el Parlamento Europeo aprobó la posición del Consejo, con objeto de permitir la entrada en vigor de las nuevas normas lo más pronto posible. El 15 de febrero de 2012 se aprobó el Reglamento (UE) n° 121/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión.

Las principales disposiciones del programa revisado son las siguientes:

El régimen sigue estando totalmente financiado por el presupuesto de la UE, con un máximo de 500 millones de euros por ejercicio presupuestario.

El actual régimen finalizará tras un periodo transitorio, que deberá terminar con la realización del plan anual para 2013.

Se mantiene inalterada la base jurídica del programa de la UE en favor de las personas más necesitadas (artículo 42 y artículo 43, apartado 2) durante el período transitorio.

Las compras en el mercado se convierten en una fuente regular de abastecimiento para el programa como complemento de las existencias de intervención. Sin embargo, habrá de concederse prioridad a la utilización de existencias de intervención adecuadas cuando estén disponibles.

Los Estados miembros deben elegir los productos alimenticios basándose en criterios objetivos tales como su valor nutritivo y su idoneidad para la distribución.

Los Estados miembros pueden dar preferencia a los productos alimenticios originarios de la Unión.

Los costes de almacenamiento soportados por las organizaciones benéficas podrán ser objeto de reembolso.

La aplicación es retroactiva a partir del 1 de enero de 2012.

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