En 2005 se tomaron medidas en Cerdeña (Italia) contra la peste porcina africana, donde es endémica, en respuesta a un considerable recrudecimiento de la enfermedad en los cerdos domésticos y los jabalíes. Las medidas prohibían el envío desde Cerdeña de cerdos vivos, de su esperma, óvulos y embriones, así como de carne de porcino, productos derivados de carne de porcino y cualquier otro producto que contenga carne de porcino.
No obstante, había ciertas excepciones en lo que se refiere al envío de determinados productos a base de carne de porcino procedente de cerdos de ciertas explotaciones situadas fuera de unas zonas de riesgo definidas y que cumplían requisitos de bioseguridad específicos.
Dado que en las últimas semanas, Italia ha informado a la Comisión Europea de un considerable aumento en el número y la extensión territorial de brotes de PPA que se han producido en siete de las ocho provincias de Cerdeña, y que afectan también a grandes explotaciones de ganado porcino y ante el riego de que se pueda poner en peligro las cabañas de otras regiones de Italia y de otros Estados miembros, se ha decidido prohibir la excepción antes mencionada. En consecuencia, está prohibido el envío de carne de cerdo o de productos que la contengan desde todo el territorio de la isla de Cerdeña (Decisión 2011/852/UE).
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