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Las personas jurídicas serán las únicas sobre las que se difundirán lo que cobran de PAC

03/05/2011

Desde hace tres años, los Estados miembro tenían la obligación de publicar antes del 30 de abril de cada año, la lista de beneficiarios (tanto si eran personas físicas como jurídicas) de las ayudas tanto agrarias como de desarrollo rural), indicando nombre, municipio y cantidad recibida. Sin embargo, con la publicación en noviembre pasado de un dictamen del Tribunal Europeo de Justicia, en contra de dicha medida por considerarla desproporcionada al objetivo de transparencia, se han cambiado estas normas (Reglamento nº410/2011).

A partir de ahora, solo se publicarán los datos de los beneficiarios de las ayudas si se trata de personas jurídicas.

Además, la Comisión está preparando una propuesta con un marco de transparencia revisado, que tomará en consideración el dictamen del Tribunal.

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