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Cataluña convoca préstamos para inversiones necesarias para cumplir con las normas mínimas de bienestar animal

08/06/2010

El Departamento de Agricultura de Cataluña (DAR) ha convocado préstamos para fomentar las inversiones necesarias para el cumplimiento de las normas mínimas de bienestar animal. El plazo de presentación de las solicitudes de préstamo finaliza el 7 de julio, y el plazo máximo de realización y justificación de las actuaciones será de un año desde la notificación de concesión del préstamo.

Pueden ser beneficiarios de esta línea de préstamos las personas físicas dadas de alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia agrario del régimen especial de trabajadores autónomos, así como las personas jurídicas. En ambos casos, deben ser titulares de explotaciones agrarias ubicadas en Cataluña. En el caso de establecimientos de gallinas ponedoras deben haberse creado antes del día 1 de enero de 2003, tener una capacidad de más de 350 gallinas ponedoras, así como no dedicarse a la cría de gallinas ponedoras reproductoras. En el caso de explotaciones porcinas deben haberse creado antes del 1 de enero de 2003.

Otros requisitos son: cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, no encontrarse en situación de crisis, tener condición de PYME, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y sociales con la Seguridad Social, y no tener deudas de ningún tipo con la Generalidad de Cataluña, además de comprometerse a mantener las condiciones por las que se concede esta ayuda durante cinco años a partir de la fecha de la resolución de concesión.

La cuantía máxima del préstamo otorgado será el total de la inversión subvencionable. Se bonificará el 100% de los intereses, con una inversión máxima de 360.000 euros por beneficiario y año. La persona beneficiaria deberá devolver el importe prestado, sin intereses, en cuotas mensuales durante un periodo de 7 años con 1 de carencia de amortización (incluido en el plazo), o bien 10 años con 2 de carencia de amortización (incluidos en el plazo) siempre y cuando el importe del préstamo sea superior a 60.000,00 euros.

Las personas beneficiarias del préstamos deberán presentar, obligatoriamente, un aval de una entidad bancaria, de una sociedad de garantía recíproca o de SAECA (Sociedad Estatal de Caución Agraria), que garantice el retorno del préstamo al Instituto Catalán de Finanzas ( ICF) con las condiciones que éste pueda establecer.

El DAR cuenta, para este año, de un importe máximo de 10.000.000 de euros.

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