La Comisión Europea ha decidido aumentar el límite máximo de aflatoxinas en frutos secos, para armonizarlos con los del Codex Alimentarius y una vez recibido el dictamen favorable de la Autoridad Europea de Seguridad de los alimentos (EFSA). Se ha incrementado el contenido máximo de aflatoxinas 4 µg/kg a 10 µg/kg en almendras, avellanas y pistachos para consumo humano, igualándolo al establecido por el Codex Alimentarius (Reglamento nº165/2010).
Además, la Comisión ha decidido establecer también un contenido máximo aplicable a las semillas oleaginosas distintas de los cacahuetes, debido a que la EFSA ha determinado que la exposición a las aflatoxinas debería ser lo más baja posible y a que el Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos (RASFF) ha denunciado elevados niveles de aflatoxinas en semillas oleaginosas, como las de girasol, melón, etc. No obstante, como el proceso de producción de los aceites vegetales refinados elimina casi por completo las aflatoxinas, se ha decidido excluir las semillas oleaginosas, incluidos los cacahuetes, que vayan a molerse para la producción de aceite vegetal refinado y el propio aceite vegetal refinado.
Se ha establecido un contenido máximo de aflatoxina B1 de 2 µg/kg y un contenido máximo total de aflatoxinas de 4 µg/kg en todos los cereales y todos los productos derivados de los cereales, con excepción del maíz y de arroz que vaya a someterse a un proceso de selección u otro tratamiento físico antes del consumo humano con relación al cual se haya establecido un contenido máximo de aflatoxina B1 de 5 µg/kg y un contenido máximo total de aflatoxinas de 10 µg/kg.
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