El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado un Real Decreto (ya publicado en el BOE como RD106/2010), por el que se modifican algunas disposiciones de otros Reales Decretos, con el fin de incorporar al ordenamiento jurídico nacional, la Directiva del Consejo, de 15 de julio de 2008, por la que se simplifican los procedimientos para confeccionar listas y publicar información en los ámbitos veterinario y zootécnico.
Mediante el nuevo Real Decreto se armonizan los procedimientos de registro, confección de listas y actualización, transmisión y publicación de las mismas, en lo que se refiere a los establecimientos zoosanitarios y en el ámbito zootécnico, y se introduce diversas modificaciones puntuales en las importaciones de esperma, óvulos y embriones a fin de minimizar los riesgos zoosanitarios.
Un aspecto de consideración es la obligación de hacer públicas a través de la página web del Departamento, las listas de centros de recogida y almacenamiento de esperma, óvulos y semen animal, y de los operadores comerciales de ganado bovino, ovino, caprino, porcino y aves de corral, lo que se ha realizado a través de la dirección URL
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