Con el fin de transponer a la legislación española la directiva 2008/776/CE sobre los valores máximos permitidos de determinadas sustancias indeseables en la alimentación animal, se acaba de publicar la Orden PRE/1501/2009.
Se han modificado los valores máximos del flúor, DDT y semillas de malas hierbas y frutos no molidos ni triturados que contengan alcaloides, glucósidos u otras sustancias tóxicas, por separado o en conjunto, a saber: Datura tramonium L.
Asimismo, se ha eliminado que puedan estar presentes en cantidades mínimas las semillas frutos y derivados procesados de las siguientes especies: Albaricoque almendra amarga y camelina.
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