Francia deberá pagar una multa de 235.764 € diarios por cada día de retraso en la ejecución de la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2001/18, al no haber adoptado dentro del plazo señalado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para adaptar su Derecho interno a las disposiciones de la Directiva 2001/18/CE, sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente; según acaba de determinar de forma firme el Tribunal de Justicia.
La Curia aprecia que la República Francesa incumplió sus obligaciones, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para ejecutar la sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de julio de 2004 en el que se instaba a Francia a trasponer a su derecho la Directiva 2001/18/CE sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente y por establecer disposiciones nacionales, que divergen o van más allá de las disposiciones de la Directiva 90/220/CEE.
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