El Ministerio de Agricultura (MAPA) prepara un Real Decreto por el que se integrará a las frutas y hortalizas dentro del régimen del pago único, tal y como se decidió en la última reforma de la OCM del sector, en el que se concretan las modalidades de aplicación en España, incluyendo la aplicación del desacoplamiento parcial facultativo.
Algunos de los aspectos más relevantes del borrador que existe hasta ahora son los siguientes:
– Se aplica un acoplamiento parcial transitorio de un 50% del presupuesto a las ayudas al tomate transformado en las campañas 08/09, 09/10 y 10/11 y de un 100% a las de cítricos transformados en las campañas 08/09 y 09/10.
– El período de referencia representativo para el cálculo del importe del pago único será el comprendido por las campañas siguientes:
En cítricos, plantaciones existentes a 30 de septiembre de 2006.
En melocotones de carne amarilla y pera Williams, las campañas 03/04 a 06/07
En ciruelas de ente, las campañas 04/05 a 06/07.
En higos, las campañas 03/04 a 06/07.
En uvas moscatel, las campañas 04/05 a 06/07.
En tomates para transformación, 04/05 a 06/07.
– Los agricultores que hayan tenido frutas y hortalizas en los períodos de referencia que no tengan hasta ahora derechos de pago único deberán realizar la solicitud única de admisión en el régimen en 2008, excepto los productores de cítricos que no tengan derechos de pago único hasta ahora, que lo deberán solicitar en 2010, pero que ya en 2008 deberán declarar su superficie a 30 de septiembre de 2006, que es la que se tendrá en cuanta cuando se produzca el desacoplamiento dos años más tarde.
– El importe de referencia se calculará en base al presupuesto disponible para cada grupo y subgrupo de productos dividido entre la referencia de cada agricultor individual, que se calcula en base a las cantidades entregadas con derecho a ayuda en dicho período. Los subgrupos de productos incluyen la separación de los presupuestos de cítricos en naranjas, pequeños cítricos y limones y pomelos y en tomate para transformación, pelado y otros transformados.
– Para poder cobrar la ayuda acoplada de tomate y de cítricos en el periodo transitorio se requerirá la existencia de contratos para dicha transformación que cumplan una serie de requisitos. El importe por hectárea de la ayuda acoplada será determinado dividiendo el importe global para cada grupo y subgrupo de productos entre las solicitudes admitidas para cada campaña.
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