Hoy se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden Ministerial que desarrolla para el año 2008 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial. Esta Orden entrará en vigor mañana, pero sus efectos se extenderán a todo el año 2008. En consecuencia, a partir del día 1 de diciembre comienza el plazo de renuncias o revocaciones a los regímenes citados anteriormente, plazo que comprenderá todo el mes de diciembre de 2007.
La Orden respeta la estructura de la Orden de módulos vigente en el año 2007, manteniéndose los módulos aplicables en dicho año, así como las instrucciones para su aplicación. Debido a la elevación experimentada por los costes de producción se reducen los índices de rendimiento neto aplicables, en el método de estimación objetiva, para las siguientes actividades agrícolas y ganaderas: ovino y caprino de carne, vacuno de leche, porcino de cría y cunicultura, remolacha, cítricos y tomate para transformación.
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