Antes las declaraciones hechas por los responsables de Innovación respecto a la exención de la instalación del tacógrafo para vehículos agrícolas ASAJA reitera que el nuevo Real Decreto 640/2007 no introduce novedades significativas respecto a la no instalación del tacógrafo para vehículos de empresas agrícolas, y que podía hacerse desde 1996.
De hecho, esta idea se desprende de las informaciones publicadas desde el propio Ministerio de Fomento que vienen a dar la razón a ASAJA cuando dicen que se mantienen las exenciones del uso del tacógrafo vigentes si bien se hacen precisiones para equiparar la norma con el reglamento europeo en materia de transportes.
Una correcta interpretación del RD de 1996 ha permitido a ASAJA solicitar la exención con anterioridad a mayo de 2007, ya que podía no sólo justificarse la distancia o recorrido que permite no tener instalado el tacógrafo (50 km), sino también que la actividad para la que se solicitaba dicha exención era el transporte por empresas agrícolas (empresas de agricultores), consiguiendo que numerosos empresarios agrícolas de Almería estén disfrutando de la mencionada exención desde hace meses.
ASAJA sí considera que la redacción del nuevo Decreto aclara y mejora ciertos aspectos del anterior, pero no produce cambio alguno respecto a los camiones para transporte agrícola, ya que los empresarios agrícolas de la provincia podían desde 1996 solicitar la exención del uso del tacógrafo.
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