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ASAJA Córdoba: Concentración contra la ZEPA del Alto Guadiato

31/01/2007

Córdoba, a martes 30 de enero de 2007.- Asaja Córdoba convoca a los agricultores y ganaderos, y a los ciudadanos afectados a una concentración en la Delegación de Medioambiente de Córdoba que se celebrará en la mañana del miércoles 14 de febrero de 2007, día de los enamorados. De esta forma, se pretende hacer ver el malestar por el alarde de prepotencia de la Consejería de Medioambiente que, sin escuchar las demandas de los colectivos e instituciones de la zona, ha sacado a Información Pública el proyecto de Decreto para declarar una zona ZEPA en el Alto Guadiato, en la provincia de Córdoba. Asaja quiere destacar que gracias a la gestión que hacen los agricultores y ganaderos de la zona existen aves en la zona como la Avutarda, por lo cual es un despropósito ir contra ellos.
Ante la publicación en el BOJA el pasado 18 de enero de 2007 de una resolución de 26 de diciembre de 2006 de la Consejería de Medioambiente (firmada por la Directora General dos días antes del corte de carretera que organizado por Asaja protagonizaron todos los Alcaldes de la Comarca, agricultores y ganaderos, instituciones, colectivos, etc.) por la que se dan 45 días para hacer alegaciones al borrador de ZEPA, Asaja Córdoba ha decido realizar una concentración en la Delegación de Medioambiente de Córdoba para expresar su malestar por la imposición que pretende realizar la Junta a los ciudadanos del Alto Guadiato.

Según el borrador de Decreto de la Junta de Andalucía, la extensión propuesta que abarcaría la ZEPA es de 34.000 has de propiedad privada. De crearse sería la mas grande de la Unión Europea en referencia al número de aves a proteger, ya que según el mencionado borrador del hay 80 avutardas. Póngase como ejemplo las 33.000 has de una ZEPA de Zamora para proteger 3.000 avutardas.

Hay que destacar que en la memoria justificativa, funcional y económica de mayo de 2004 a esta propuesta de designación, firmada por la misma Directora General que ha dictado la resolución antes mencionada, se indica que “el citado Proyecto de Decreto no supone incremento de gasto ni disminución de ingresos para la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía”, es decir, que no tienen previsto ninguna medida compensatoria a los afectados.
Si embargo, y además, de NO haber informado en la zona afectada sobre este proyecto, para lo que si ha habido dinero y tiempo es para organizar una jornada de tres días en Bujalance sobre las aves esteparias, lo cual es otra demostración de la falta de respeto a los agricultores y ganaderos del Guadiato.

Desde Asaja entendemos que el fondo de la cuestión es la carta de emplazamiento enviada por la Comisión Europea al Gobierno Español en el marco del procedimiento de infracción nº 1.999/2.212, pues al parecer está a punto de ser comunicada a la Junta de Andalucía una sentencia del Tribunal de las Comunidades Europeas por insuficiente designación de zonas ZEPA y serán muchos los millones de euros que habrá que pagar anualmente por falta de diligencia de la Administración Andaluza. Es decir, no estamos hablamos de un problema de conservación de aves, que no existe, sino de un problema administrativo. Por ello, la Junta quiere arreglar ahora su negligencia con un Decreto que atenta al sentido común “dando una patada en el culo” a los agricultores y ganaderos del Alto Guadiato, y por extensión a toda la comarca, una de las más deprimidas económicamente de España, sin que estos tengan la culpa de nada.

A continuación les resumimos las actividades que requieren autorización o son incompatibles:
Se requerirá autorización de Medioambiente para: La transformación de cultivos herbáceos a cultivos leñosos; Las transformaciones agrarias que impliquen la creación de nuevos regadíos o la aplicación de técnicas que puedan suponer una intensificación del sistema de cultivo; Los cambios de cultivo agrícola a forestal; La apertura, modificación del trazado o ensanche de los caminos y pistas; La construcción de edificaciones; La construcción, instalación o modificación de infraestructuras de transporte o para abastecimiento, incluyendo transporte de agua, depuración de aguas residuales, combustibles, líneas eléctricas, parques eólicos e instalaciones para la producción eléctrica fotovoltaica; Las obras o actividades que conlleven movimientos de tierra y no estén contempladas en los apartados anteriores, excluidas las labores agrícolas habituales; La instalación de cercas, vallados y cerramientos, excepto la reparación o reconstrucción de muros de piedra; La demolición o restauración de edificaciones o de otros elementos verticales del paisaje que sean utilizados habitualmente por las especies para anidar; La habilitación temporal de caminos agrícolas como pistas de aterrizaje para dar apoyo a los tratamientos fitosanitarios aéreos.
Son actividades incompatibles: La eliminación de los setos vivos a lo largo de caminos y lindes de parcelas, excepto por causas justificadas, previa autorización; La supresión de manchas, grupos o pies aislados de vegetación forestal arbórea o arbustiva existente, salvo por causas justificadas, previa autorización; Los movimientos de tierras y actuaciones que conlleven la transformación de las características fisiográficas de la zona: desmontes, aterrazamientos y rellenos; La quema de rastrojos, que sólo se autorizará excepcionalmente cuando sea aconsejable por motivos sanitarios o fitopatológicos; El vertido incontrolado de residuos sólidos y líquidos procedentes de las explotaciones agrícolas, así como su destrucción fuera de los lugares destinados al efecto; La modificación o destrucción de elementos geológicos y geomorfológicos característicos del paisaje local; La construcción de pistas de aterrizaje de aviones o helicópteros, excepto las vinculadas a servicios públicos esenciales; La instalación de parques de vehículos, almacenes de chatarra e instalaciones similares.

En cuanto a tendidos eléctricos: cuando afecten a áreas de especial interés ecológico la principal alternativa a valorar será su soterramiento. autorizándose su trazado aéreo sólo en el caso de que sea inviable el soterramiento; cuando se detecten impactos negativos de las líneas eléctricas existentes sobre las aves se promoverá su conversión a líneas subterráneas.

Por último y de máxima importancia para los agricultores y ganaderos, estar en la zona ZEPA supone que otras normas ya vigentes o pendientes de publicación con importantes limitación afectarán a la zona, con ejemplos como: prohibición de segar el heno antes del 1 de junio, lo cual implica acabar con la principal actividad económica de la zona; limitaciones en la carga ganadera; y el que la Administración pueda aplicar el derecho de tanteo y retracto si se aprobara el borrador de Ley Nacional de Biodiversidad que ha propuesto el Ministerio de Medioambiente.

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