La Comisión Europea ha adoptado en el día de hoy el presupuesto anual
destinado al desarrollo rural de los 25 Estados miembros para el período
2007-2013, de conformidad con la decisión del Consejo Europeo de diciembre
de 2005 sobre las perspectivas financieras. Los fondos que ha de recibir
cada uno de los Estados miembros se han asignado en función de los
siguientes criterios: a) los importes reservados para determinadas regiones
subvencionables en virtud del objetivo de convergencia; b) el porcentaje de
la dotación de la sección de Garantía del FEOGA destinada al desarrollo
rural y Leader+ que se ha venido asignando a cada Estado miembro y
c) situaciones y necesidades particulares basadas en criterios objetivos (el
Consejo Europeo asignó importes específicos a ocho Estados miembros). La
decisión se modificará cuando Rumanía y Bulgaria se incorporen a la UE. Se
pondrán a disposición fondos suplementarios para estos dos países.
Mariann Fischer Boel, Comisaria de Agricultura y Desarrollo Rural, ha
efectuado las siguientes declaraciones: «Una vez ultimadas las asignaciones
presupuestarias, centro mis expectativas en los programas de desarrollo
rural de los Estados miembros. Los fondos destinados al desarrollo rural
pueden utilizarse para aumentar la competitividad de los sectores
agroalimentario y forestal y constituyen un elemento vital de apoyo a los
proyectos medioambientales de las zonas rurales. Pero estos fondos también
se pueden emplear fuera del sector agrario tradicional a fin de crear nuevos
puestos de trabajo y nuevas empresas en el medio rural. Se habla mucho del
fomento del crecimiento y de la creación de empleo; pues bien, éste es un
ejemplo concreto de la aportación de los fondos de la UE en este ámbito».
Principales características de la nueva política de desarrollo rural:
–
Un solo instrumento de financiación y programación, el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
–
Un nuevo planteamiento estratégico en materia de desarrollo rural, centrado
en las prioridades de la UE.
–
Un sistema más riguroso de control, evaluación y notificación y una división
de responsabilidades más clara entre los Estados miembros y la Comisión.
–
Un enfoque ascendente reforzado. Se propiciará una mayor participación de
los Estados miembros, regiones y grupos de acción local para que puedan
adaptar los programas a las necesidades locales.
Los cuatro objetivos principales:
Eje 1: Aumento de la competitividad de los sectores agrario y forestal
Ejemplos:
–
Fomento del capital humano a través de la formación y el asesoramiento de
agricultores y silvicultores.
–
Mejora y ampliación de las infraestructuras de desarrollo y adaptación de la
agricultura y la silvicultura.
–
Ayudas a los agricultores que participan en programas de calidad de los
alimentos.
–
Ayudas a la instalación de jóvenes agricultores.
–
Ayudas a las explotaciones de semisubsistencia de los nuevos Estados
miembros para que sean competitivas.
–
Fomento de la innovación.
El 10 % como mínimo de la contribución comunitaria deberá destinarse al eje
1. El porcentaje de cofinanciación comunitaria es del 50 % como máximo (el
75 % en las regiones cubiertas por el objetivo de convergencia).
Eje 2: Medio ambiente y entorno rural
Ejemplos:
–
Ayudas por dificultades naturales a los agricultores de zonas de montaña.
–
Ayudas en el marco de NATURA 2000.
–
Medidas agroambientales.
–
Ayudas en pro del bienestar de los animales.
–
Medidas en favor de una silvicultura sostenible.
El 25 % como mínimo de la contribución comunitaria deberá destinarse al eje
2. El porcentaje de cofinanciación comunitaria es del 55 % como máximo (el
80 % en las regiones cubiertas por el objetivo de convergencia).
Eje 3: Mejora de la calidad de vida y diversificación de la economía rural
Ejemplos:
–
Diversificación hacia actividades no agrarias.
–
Ayudas a la creación de microempresas.
–
Fomento del turismo.
–
Renovación de poblaciones rurales.
–
Servicios básicos tales como ofrecer servicios de guardería para ayudar a
las mujeres a reincorporarse al mercado del empleo.
El 10 % como mínimo de la contribución comunitaria deberá destinarse al eje
3. El porcentaje de cofinanciación comunitaria es del 50 % como máximo (el
75 % en las regiones cubiertas por el objetivo de convergencia).
Eje 4: El enfoque LEADER
Todos los programas han de integrar un componente LEADER para la aplicación
de estrategias de desarrollo local ascendentes de los grupos de acción
local. Al menos el 5 % de la contribución comunitaria se reservará para
LEADER (el 2,5 % en el caso de los nuevos Estados miembros).
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Nota: En el Acuerdo Interinstitucional se destinaron al desarrollo rural 69 750
millones de euros (a precios de 2004) para el período 2007-2013 (Bulgaria y
Rumanía inclusive). El cuadro anterior corresponde a EU-25 e incluye los
importes transferidos de las ayudas directas a los agricultores al desarrollo
rural en el marco de la denominada «modulación», así como otras transferencias
acordadas (algodón y tabaco).
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