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Está aquí: Home / Ganadería / Porcino / Nueva política del estiércol en Holanda

           

Nueva política del estiércol en Holanda

27/01/2006

Desde el pasado 1 de enero de de 2006, en Holanda ha entrado en vigor una nueva normativa medioambiental, conocida con el nombre genérico de “política del estiércol”, de acuerdo con la información del Boletín Exterior del MAPA. ha entrado en vigor el 1º de enero de 2006. Con esta legislación se establecen nuevas normas de uso de la fertilización para cada cultivo y de gestión del estiércol para las explotaciones ganaderas, especialmente de porcino y de leche.

De esta forma, cada agricultor y/o ganadero holandés tendrá que respetar unas determinadas normas de aplicación máxima de estiércol y de los distintos tipos de abonos, y establecer un sistema de gestión del estiércol sobrante.

Dichas normas establecen las siguientes estipulaciones:

1. Volumen total de estiércol animal, expresado en kg de nitrógeno procedente de estiércol animal por hectárea = Los topes máximos son de 170 kg/ha, límite fijado con carácter general por la Directiva Nitratos y de 250 kg con carácter excepcional y transitorio para explotaciones con más de un 70% de terrenos de pasto.

2. Aplicación total de nitratos (suma total de abono químico nitrogenado, más el nitrógeno del estiércol animal, más el de otros fertilizantes) = El tope máximo de aplicación varía según el tipo de suelo y de cultivo.

3. Aplicación total de fosfatos (suma total de los mismos procedentes de abonos químicos y orgánicos) = El tope máximo de aplicación en 2006 para suelos labrados es de 95 kg y para terrenos de pasto, de 110 kg. Para los cultivos arables rigen las tres normas de uso, cuyos límites irán haciéndose progresivamente más estrictos. Para las explotaciones ganaderas se establece una especie de equilibrio de elementos minerales por explotación, sobre la base de la cantidad de estiércol de su censo, calculada según las normas de manejo de cada tipo de animal.

Los excedentes de explotación pueden aplicarse en terrenos propios, si existe capacidad, obien transformarse (se establecen incentivos para la elaboración en explotaciones) o trasladarse con transportistas reconocidos.

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