El Gobierno de Navarra ha adoptado un acuerdo por el que se aprueba el inicio de las actuaciones para la construcción y explotación de la primera fase de las infraestructuras de interés general de la zona regable del Canal de Navarra mediante contrato de concesión de obras públicas, así como el convenio de colaboración que articula las relaciones entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Riegos del Canal de Navarra S.A. para este fin.
Cabe recordar que esta primera fase incluye los sectores I a X, desde Valdizarbe hasta el río Aragón, con una superficie de 26.234 has. La segunda fase comprende los sectores XI hasta XXIII, ya en la margen derecha del Ebro, con una superficie de 26.891 has. Los tramos del Canal de Navarra que dan servicio a la 1ª fase se encuentran definidos en el proyecto constructivo, y actualmente están terminados los tramos 1, 2 y 3, en fase de finalización las balsas de Villaveta y Monreal, y avanzada la construcción de los tramos 4, 5 y 18. Además, la balsa de Artajona y el centro de control de la 1ª fase están en proceso de licitación. Esta 1ª fase termina en la Balsa de Pitillas y constituye, en sí misma, una unidad de manejo con independencia de la 2ª fase.
Contenido del convenio
La Ley Foral 12/2005, de 22 de noviembre, de construcción y explotación de las infraestructuras de interés general de la zona regable del Canal de Navarra, regula el régimen jurídico para la construcción y explotación de estas infraestructuras. En su artículo 1, apartado segundo, establece que corresponde a la sociedad pública Riesgos del Canal de Navarra S.A. la construcción y, en su caso, explotación de dichas infraestructuras.
Por su parte, en el texto del convenio se indica que, para un adecuado desarrollo de la construcción y explotación de la 1ª fase de las infraestructuras de interés general de la zona regable del Canal de Navarra, ambas partes se comprometen a realizar las siguientes actuaciones:
-El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación elaborará el estudio de viabilidad económico-financiera de la 1ª fase de la zona regable del Canal de Navarra, a través de Riegos de Navarra, S.A. Una vez elaborado, lo aprobará y lo pondrá a disposición de Riegos del Canal de Navarra. S.A.
-Una vez aprobado este estudio, Riegos del Canal de Navarra elaborará los anteproyectos de construcción y explotación de la 1ª fase de las infraestructuras de interés general de la zona regable del Canal de Navarra, y lo someterá a la aprobación del Departamento de Agricultura. Tras su aprobación, Riegos del Canal realizará el trámite de información pública de los anteproyectos de construcción y explotación, durante el plazo de un mes. Recibidas las alegaciones que, en su caso se formulen, las estudiará y en el supuesto de que considere necesario modificar el anteproyecto en alguno de sus contenidos sustanciales, lo someterá a la aprobación del Departamento. En ese momento, se realizará la autorización del gasto. Por último, Riegos del Canal de Navarra redactará el pliego de cláusulas administrativas particulares del concurso concesional.
-Este pliego contendrá la obligación del concesionario de abonar a Riegos del Canal de Navarra las cantidades previstas en él como contraprestación por la redacción de los anteproyectos constructivos y de explotación, por la supervisión e inspección tanto de los proyectos constructivos, como de la ejecución de las obras y del desarrollo, dirección y asistencia técnica de la explotación, y por aquellos otros conceptos que se determinen en el pliego. A continuación Riegos del Canal de Navarra procederá a la licitación correspondiente y, previos los trámites oportunos, adjudicará el contrato y procederá a su formalización. Una vez finalizada la construcción de las obras, se suscribirá un acta de comprobación de obra por parte del concesionario y Riegos del Canal.
Por último, cabe indicar que, en lo referente a financiación, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra aportará a Riegos del Canal de Navarra los fondos públicos y las aportaciones no dinerarias precisas para atender los compromisos derivados del contrato de concesión de obras públicas.
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