Córdoba, 13 de diciembre de 2005.- En contra de lo comunicado por el propio Ministerio de Agricultura, el nuevo Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros no incrementa ni un solo céntimo de euro el baremo de indemnización establecido desde el año 2000 para el sacrificio obligatorio de animales por brucelosis y tuberculosis en las campañas de saneamiento ganadero. Ni siquiera contempla el aumento del valor de los animales en el IPC desde el año 2000 hasta la fecha.
El RD 1328/2000 se modificará solamente para transformar los importes del baremo establecido de pesetas a euros. Cuando un animal es sacrificado por motivos sanitarios se indemniza al ganadero con el 75% del valor establecido en este baremo que es mucho mas bajo que el valor real de mercado del animal. Lo único que modificará el nuevo real decreto es que cuando se realice un “vaciado sanitario” y se sacrifiquen todos los animales de la explotación se pagará el cien por cien del importe establecido en el baremo, circunstancia absolutamente excepcional y que no se da prácticamente nunca. Ni siquiera en estos últimos casos contempla una indemnización por lucro cesante, ya que no puede repoblarse de animales la explotación durante, al menos, seis meses (si al ganadero le matan todos sus animales, tardan en pagárselos un año y además no puede comprar otros para seguir produciendo ¿de que vivirá si su explotación no puede producir?).
Además de no subir los importes, estos son claramente inferiores a los que en su día se aprobaron para el sacrificio de animales por Encepalopatías. Resulta incomprensible como la Orden de 15 de diciembre de 2000 que regula el sacrificio obligatorio de animales por encefalopatía espongiforme establece que el valor de una oveja menor de 5 años es de 90,15 euros y el Real Decreto 1328/2000 establece que este mismo animal vale 45,08 euros (de los cuales se paga solo 33,81 euros) si se sacrifica por brucelosis. Al igual ocurre con el ganado vacuno que si es sacrificado por encefalopatía se paga por una vaca de carne de 2 a 10 años 1.292,18 euros y si es sacrificado por tuberculosis se valora este mismo animal en 480,81 euros pagándose solo 360.60 euros.
Otro tema importante es el tiempo que tarda el ganadero en recibir estas indemnizaciones, que en la mayoría de los casos supera al año desde que se produce el sacrificio de los animales, cuando la normativa comunitaria estable que se produzca antes de tres meses.
Por estos motivos Asaja Córdoba opina que el nuevo real decreto que saldrá publicado en los próximos días supone una auténtica tomadura de pelo para los ganaderos ya que no contempla ni siquiera el aumento del valor de los animales en el IPC desde el año 2000 hasta la fecha.
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