Se acaba de publicar el reglamento 1039/2005, que introduce una novedad en el reglamento de comercialización de huevos del año 2003. Dicha modificación se refiere a que los productores de huevos que tengan un máximo de 50 ponedoras se podrán ver eximidos del marcado de los huevos, desde el 1 de julio de 2005.
Será misión de cada Estado miembro aplicar o no esta excepción. Para beneficiarse de la misma, los productores que tienen menos de 50 ponedoras tienen que vender sus huevos en un mercado público local, situado en la región de producción del Estado miembro en cuestión. Además, en el lugar de venta tendrá que figurar el nombre y la dirección de la explotación.
Hasta ahora, la normativa establecía que desde el 1 de enero de 2004, los huevos tenían que marcarse, de forma obligatoria, con un código que permitiera identificar al productor y la forma de producción. No obstante, se estableció que para los productores de huevos que vendían sus huevos en mercados públicos, esta obligación no se tendría que aplicara hasta el 1 de julio de 2005.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.