Se acaba de publicar el Real Decreto 368/2005 que regula el control oficial del Rendimiento Lechero en ganado bovino, ovino y caprino. Dicho control tiene por finalidad la comprobación sistemática de la cantidad de leche producida y sus componentes. De esta forma, se obtiene una valoración genética de los reproductores, a través de los esquemas de selección aprobados para las diferentes razas.
La nueva norma establece una Comisión Nacional de Control Lechero, en el que podrán participar responsables del MAPA, de las Comunidades Autónomas, de las Asociaciones y Organizaciones de ganaderos reconocidas oficialmente para la gestión de los Libros Genealógicos y los Directores de los Laboratorios Nacionales de Referencia.
Esta Comisión deberá analizar los resultados globales del Control Lechero Oficial y las ayudas que se establezcan, así como supervisar la estructura y funcionamiento de las Bases Informáticas que contengan los datos de cada raza de aptitud lechera reconocida.
El Real Decreto establece la constitución de un Centro Autonómico de Control Lechero en cada Comunidad Autónoma, que actuará como unidad de coordinación y gestión. Estos Centros contarán necesariamente con la participación de las Organizaciones y Asociaciones de ganaderos oficialmente reconocidas, que, a instancias de las Comunidades Autónomas, podrán hacerse cargo de su gestión.
Entre otras funciones, estos Centros Autonómicos deberán asesorar y prestar apoyo técnico a los titulares de las explotaciones, autorizar el ingreso en el Control Lechero Oficial de nuevas explotaciones, gestionar los datos recogidos en el Control Lechero y coordinar con los Laboratorios Autonómicos la remisión de las muestras de leche. También nombrarán a los controladores autorizados, que serán los técnicos responsables de la ejecución de las tareas de Control Lechero Oficial.
Cada Organización o Asociación de ganaderos oficialmente reconocida para la gestión de los Libros Genealógicos, creará una base informática de Control Lechero para la raza que gestionen, con toda la información. A esta base informática tendrá acceso el MAPA para la consulta del total de los datos de las explotaciones, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas para los datos sobre las explotaciones ubicadas en su ámbito territorial, y los ganaderos para la información sobre su explotación.
Las ayudas previstas del MAPA, tendrán un importe máximo por cada lactación finalizada y válida de 10 euros por bovino, y 5 euros, tanto por ovino como por caprino, existiendo la posibilidad de que las Comunidades Autónomas complementen estas ayudas.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación designará un Laboratorio Nacional de Referencia para cada una de las especies bovina, ovina y caprina de aptitud lechera, que participarán en la Red de Laboratorios de Referencia del Comité Internacional para el Control del Rendimiento Animal.
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