Bruselas, 2 de junio de 2004. La Comisión Europea ha dado hoy otro paso para modificar el régimen comunitario de importación de plátanos. Como ya decidió el Consejo de Ministros de la UE en 2001, el cambio al sistema exclusivamente arancelario tendrá lugar a más tardar en 2006. Para ello, la Comisión Europea ha propuesto hoy al Consejo la apertura de negociaciones en la OMC. Una vez haya dado su conformidad el Consejo, la Comisión negociará el arancel de importación de plátanos con los países productores pertinentes. Procurará mantener un nivel de protección y preferencias para los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) igual al que les proporciona el régimen actual, respetando al mismo tiempo sus obligaciones y compromisos para con otros socios comerciales y los productores y consumidores de la UE.
«Vamos a pasar a la fase final de nuestro acuerdo para sustituir el complejo sistema de contingentes por un sencillo sistema arancelario. Lo que cambiará es el régimen de importación, no el nivel de protección. Si nuestros Estados miembros están de acuerdo, la Comisión negociará un nivel arancelario adecuado. Tendremos que encontrar la cuadratura del círculo y salvaguardar los intereses, a veces en conflicto, de nuestros consumidores, productores y socios comerciales», ha dicho Franz Fischler, Comisario de Agricultura, Desarrollo Rural y Pesca de la UE.
El Comisario de Comercio de la UE, Pascal Lamy, ha añadido lo siguiente: «Estamos enviando hoy un claro mensaje: al abrir la última fase del cambio de nuestro régimen de importación de plátanos, estamos dispuestos a cumplir plenamente nuestros compromisos con la OMC, pero prestando especial atención a la situación de los países ACP y protegiendo los intereses de los productores comunitarios».
Paso al sistema exclusivamente arancelario
Para poner punto final a una polémica con la OMC que venía de lejos, la UE se comprometió en sus acuerdos sobre plátanos con Ecuador y los Estados Unidos a introducir un régimen exclusivamente arancelario para las importaciones de plátanos no más tarde del 1 de enero de 2006. Los acuerdos también prevén a tal efecto el inicio de negociaciones con arreglo al artículo XXVIII del GATT con la suficiente antelación. Este artículo XXVIII del GATT establece las normas y procedimientos que deben seguirse cuando un miembro de la OMC desea modificar su lista de compromisos arancelarios en dicha organización.
La Comisión ha presentado al Consejo para su rápida adopción unas directrices de negociación a fin de que puedan iniciarse sin demora consultas y negociaciones con los miembros de la OMC que tengan derechos de negociador.
Protección de los intereses de los productores de la UE y de los países ACP
En las negociaciones para pasar al régimen exclusivamente arancelario, la Comisión tiene la intención de proteger los intereses de los productores de plátanos de la UE, procurando mantener un nivel de protección equivalente al que proporciona en la actualidad la organización común de mercados (OCM) en el sector del plátano.
Durante estas negociaciones, la Comisión tiene asimismo la intención de prestar especial atención a las implicaciones que tendrá para los productores de plátanos de los países ACP el cambio del régimen de importación de la UE. La Comisión examinará formas adecuadas de abordar su situación específica, incluido el acceso preferente para los productos de los países ACP, y procurará mantener un nivel de preferencia para estos países equivalente al que ofrece la UE ampliada de los Veinticinco.
Adaptación del régimen a la ampliación de la UE
La preparación del cambio a un sistema exclusivamente arancelario viene tras haberse dado una serie de pasos debido a la adhesión de los diez nuevos Estados miembros el 1 de mayo de 2004. Se han tomado las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento suficiente de plátanos a los consumidores de la UE ampliada.
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